Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario
Según el artículo 4.4 de la Ley 5/1997, la memoria de actividades del Consejo se eleva al Consejo de Gobierno:
- ADentro de los tres primeros meses de cada año.
- BDentro de los dos meses siguientes a su aprobación por el Pleno.
- CAntes de la remisión del anteproyecto de presupuestos del Consejo.
- Dentro de los cinco primeros meses de cada año.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 4.4 encomienda al Consejo aprobar la memoria de actividades y «elevarla, dentro de los cinco primeros meses de cada año, al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía». La Ley no fija un plazo de tres meses ni vincula la elevación a la fecha de aprobación plenaria o al anteproyecto de presupuestos; el plazo de dos meses aparece para la adaptación de los grupos (disposición adicional única) y para elaborar el Reglamento (disposición final segunda).
Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 4.4
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