Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Qué efecto tiene, según el artículo 6.4 de la Ley 5/1997, que transcurra el plazo sin que el Consejo se haya pronunciado?

  1. Se entenderá cumplido dicho trámite.Respuesta correcta
  2. BSe entenderá emitido informe favorable.
  3. CSe entenderá emitido informe desfavorable.
  4. DDeberá suspenderse la tramitación del proyecto.

Explicación

El artículo 6.4 dispone que, transcurrido el plazo sin pronunciamiento, «se entenderá cumplido dicho trámite». La Ley no atribuye al silencio un sentido favorable ni desfavorable, coherente con el carácter no vinculante de los informes (art. 5), ni obliga a paralizar la tramitación de la norma.

Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 6.4

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