Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Según el artículo 7.2 de la Ley 1/2004, cuando la causa de cese de un miembro sea el incumplimiento grave en el ejercicio de sus funciones, el cese:

  1. ALo acuerda el Parlamento de Andalucía por mayoría de tres quintos, a propuesta de su Mesa.
  2. BLo acuerda el Presidente del Consejo, oído el Secretario General y previa audiencia del interesado.
  3. Lo acuerda el Consejo de Gobierno, con audiencia del interesado e informe favorable del Pleno por mayoría absoluta.Respuesta correcta
  4. DLo acuerda el Pleno del Consejo por mayoría simple, sin intervención del Consejo de Gobierno.

Explicación

El artículo 7.2 dispone que «el cese será acordado por el Consejo de Gobierno» y que, en el supuesto de incumplimiento grave, se instruirá el procedimiento que determine el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento, «con audiencia del interesado e informe favorable del Pleno del Consejo Audiovisual de Andalucía, aprobado por mayoría absoluta de sus miembros». El Pleno informa pero no acuerda el cese, el Parlamento elige a los miembros pero no los cesa, y el Presidente carece de esta facultad.

Referencia: Ley 1/2004, de 17 de diciembre, de creación del Consejo Audiovisual de Andalucía, art. 7

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