Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario

El artículo 116.c) de la Ley 39/2015 tipifica como causa de inadmisión:

  1. AHaberse formulado el recurso ante el órgano que dictó el acto.
  2. BNo haberse solicitado la suspensión de la ejecución del acto.
  3. CNo haberse aportado prueba documental con el escrito.
  4. Tratarse de un acto no susceptible de recurso.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 116.c) incluye «tratarse de un acto no susceptible de recurso». Interponer ante el órgano que dictó el acto es correcto en alzada (art. 121.2) y en reposición (art. 123.1); la suspensión y la prueba no son requisitos de admisión.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 116.

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