Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Según el artículo 116.a) de la Ley 39/2015, si el órgano ante el que se interpone el recurso es incompetente porque el competente pertenece a otra Administración Pública:

  1. El recurso deberá remitirse al órgano competente, conforme al artículo 14.1 de la LRJSP.Respuesta correcta
  2. BSe inadmitirá el recurso sin posibilidad de remisión a otra Administración.
  3. CSe tendrá por desestimado el recurso por silencio administrativo negativo.
  4. DSe elevará el expediente al Consejo de Ministros para que designe el órgano.

Explicación

El artículo 116.a) ordena remitir el recurso al órgano competente según el artículo 14.1 de la LRJSP. No se archiva sin más, no opera el silencio desestimatorio por esa sola razón ni se eleva al Consejo de Ministros.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 116.

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