Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario
La declaración de lesividad, conforme al artículo 107.2 de la Ley 39/2015, no podrá adoptarse una vez transcurridos:
- ASeis meses desde que se notificó el acto administrativo.
- Cuatro años desde que se dictó el acto administrativo.Respuesta correcta
- CUn año desde que el acto devino firme en vía administrativa.
- DTres meses desde que se conoció el vicio de anulabilidad.
Explicación
El artículo 107.2 dispone que la lesividad «no podrá adoptarse una vez transcurridos cuatro años desde que se dictó el acto administrativo». Seis meses es el plazo de caducidad del procedimiento de lesividad desde su iniciación (art. 107.3), no un plazo contado desde la notificación.
Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 107.
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