Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

¿A partir de qué momento empieza a contarse el período de cuatro años de los consejeros, conforme al artículo 20.1 de la Ley 5/1997?

  1. ADesde la fecha de la sesión constitutiva del Pleno del Consejo.
  2. BDesde el día de su designación por la organización o entidad correspondiente.
  3. Desde el día siguiente al de la publicación de su nombramiento en el BOJA.Respuesta correcta
  4. DDesde la fecha de su toma de posesión ante el Presidente del Consejo.

Explicación

El artículo 20.1 dispone que el plazo del mandato «comenzará a computarse desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de su nombramiento». No se toma como referencia la sesión constitutiva, la designación por la organización ni una toma de posesión, que la Ley no regula para los miembros del Consejo.

Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 20.1

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