Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 4.13 de la Ley 12/2007, es principio general de actuación de los poderes públicos de Andalucía la incorporación al sistema educativo de:

  1. AUna asignatura obligatoria de educación para la igualdad.
  2. El principio de igualdad de género y la coeducación.Respuesta correcta
  3. CLa educación diferenciada por sexos en la etapa infantil.
  4. DUn cupo de profesorado especialista en igualdad por centro.

Explicación

El artículo 4.13 establece como principio «la incorporación del principio de igualdad de género y la coeducación en el sistema educativo». La ley no crea una asignatura específica de igualdad, sino que integra objetivos coeducativos en todas las áreas (artículo 15 bis), y lo que exige en cada centro es una persona responsable de coeducación (artículo 15.3), no un cupo de profesorado especialista.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 4.13.

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