Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 4.13 de la Ley 12/2007, es principio general de actuación de los poderes públicos de Andalucía la incorporación al sistema educativo de:
- AUna asignatura obligatoria de educación para la igualdad.
- El principio de igualdad de género y la coeducación.Respuesta correcta
- CLa educación diferenciada por sexos en la etapa infantil.
- DUn cupo de profesorado especialista en igualdad por centro.
Explicación
El artículo 4.13 establece como principio «la incorporación del principio de igualdad de género y la coeducación en el sistema educativo». La ley no crea una asignatura específica de igualdad, sino que integra objetivos coeducativos en todas las áreas (artículo 15 bis), y lo que exige en cada centro es una persona responsable de coeducación (artículo 15.3), no un cupo de profesorado especialista.
Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 4.13.
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