Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Respecto de las mujeres que viven en el medio rural, el artículo 4.7 de la Ley 12/2007 establece como principio:
- ALa creación de un Registro de Titularidad Compartida de las Explotaciones Agrarias gestionado por las entidades locales.
- BLa aprobación de un plan específico para ellas por el Consejo de Gobierno con una periodicidad no inferior a cuatro años.
- CLa reserva de un porcentaje de las ayudas al autoempleo y a la creación de empresas convocadas por la Junta de Andalucía.
- La promoción de su acceso a los recursos de todo tipo y su participación plena, igualitaria y efectiva en la economía y en la sociedad.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 4.7 recoge como principio «la promoción del acceso a los recursos de todo tipo a las mujeres que viven en el medio rural y su participación plena, igualitaria y efectiva en la economía y en la sociedad». El Registro de Titularidad Compartida aparece en el artículo 52.3 como instrumento de la Junta, el plan cuatrienal del artículo 7.1 es el Plan Estratégico general (que incluye una estrategia rural) y la ley no fija una reserva de ayudas al autoempleo para ellas.
Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 4.7.
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- Según el artículo 1 de la Ley 12/2007, el objeto de la ley se dicta en desarrollo de los siguientes preceptos:
- Conforme al artículo 2.2.a) de la Ley 12/2007, la ley se aplica a los consorcios, fundaciones y demás entidades con personalidad jurídica propia:
- Además de a las Administraciones públicas y al sistema universitario andaluz, el artículo 2.3 de la Ley 12/2007 declara la ley aplicable:
- El artículo 3.1 de la Ley 12/2007 define la discriminación directa por razón de sexo como la situación en que se encuentra una persona que:
- Según el artículo 3.2 de la Ley 12/2007, una disposición aparentemente neutra que pone a las personas de un sexo en desventaja particular no constituye discriminación indirecta cuando:
- De acuerdo con el artículo 3.3 de la Ley 12/2007, existe representación equilibrada cuando, en el conjunto de personas a que se refiera, cada sexo:
- El artículo 3.4 de la Ley 12/2007 considera acto de discriminación por razón de sexo:
- El artículo 3.5 de la Ley 12/2007 define la transversalidad como: