Para obtener la nacionalidad con un año de residencia por matrimonio con español o española, ¿qué exige el artículo 22.2.d) del Código Civil?

  1. Llevar un año casado al tiempo de la solicitud y no estar separado legalmente o de hecho.Respuesta correcta
  2. BLlevar dos años casado y haber residido en España durante todo el matrimonio.
  3. CLlevar un año casado y tener al menos un hijo común inscrito en el Registro Civil.
  4. DLlevar tres años casado, aunque exista separación de hecho entre los cónyuges.

Explicación

El artículo 22.2.d) permite un año de residencia para «el que al tiempo de la solicitud llevare un año casado con español o española y no estuviere separado legalmente o de hecho».

Referencia: Código Civil, art. 22.2.d).

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Código Civil», dentro del tema «Libro primero / Título I - De los españoles y extranjeros». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 22 de Código Civil. Es la pregunta 12 de 18 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Llevar un año casado al tiempo de la solicitud y no estar separado legalmente o de hecho.».

Artículo o apartado
Artículo 22 - Residencia
Normativa
Código Civil
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 12 de 18
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