Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿A quién corresponde emitir el informe de evaluación del impacto de género, según el artículo 4.1 del Decreto 17/2012?

  1. AA la Unidad de Igualdad de Género de la Consejería que tramita la disposición de que se trate.
  2. Al centro directivo competente para la iniciación del procedimiento de elaboración de la disposición.Respuesta correcta
  3. CAl Instituto Andaluz de la Mujer, una vez recibido el proyecto de disposición de la Consejería.
  4. DA la Secretaría General Técnica de la Consejería competente en materia de igualdad de género.

Explicación

El artículo 4.1 atribuye la emisión del informe «al centro directivo competente para la iniciación del procedimiento de elaboración de la disposición de que se trate». La Unidad de Igualdad de Género asesora y formula observaciones (artículo 4.3), y el Instituto Andaluz de la Mujer recibe la documentación (artículo 6) y elabora el informe anual de seguimiento (artículo 7).

Referencia: Decreto 17/2012, de 7 de febrero, art. 4.

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