Ley de Régimen Jurídico del Sector PúblicoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 155.1 de la Ley 40/2015 (redacción vigente), cada Administración deberá facilitar el acceso de las restantes Administraciones Públicas a los datos relativos a los interesados que obren en su poder, de conformidad con:

  1. ALa Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública.
  2. BLa Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
  3. El Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales.Respuesta correcta
  4. DLa Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.

Explicación

Tras el Real Decreto-ley 14/2019, el artículo 155.1 obliga a facilitar el acceso a los datos de los interesados de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679, la Ley Orgánica 3/2018 y su normativa de desarrollo, con garantías de seguridad, integridad y disponibilidad. La normativa de transparencia o de reutilización no es la referencia de este precepto.

Referencia: Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, artículo 155.1.

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