Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario
Recaído el pronunciamiento judicial, el artículo 120.3 de la Ley 39/2015 permite al órgano administrativo dictar resolución:
- Sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, salvo el de audiencia cuando proceda.Respuesta correcta
- BTras un nuevo trámite completo de instrucción del procedimiento administrativo.
- CTras elevar nueva propuesta de resolución al superior jerárquico competente.
- DTras solicitar informe al órgano que dictó el acto objeto de los recursos.
Explicación
El artículo 120.3 permite resolver «sin necesidad de realizar ningún trámite adicional, salvo el de audiencia, cuando proceda», una vez comunicado el pronunciamiento judicial a los interesados.
Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 120.
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