Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

¿Quién designa a las dos personas expertas en materia de violencia de género que forman parte de las vocalías del Pleno, según el artículo 9.2.e) del Decreto 298/2010?

  1. La Presidencia del Observatorio Andaluz de la Violencia de Género.Respuesta correcta
  2. BLa Comisión Permanente, a propuesta de los grupos de trabajo.
  3. CEl Instituto Andaluz de la Mujer, a propuesta del Centro de Estudios.
  4. DEl Pleno del Observatorio, por mayoría de los votos emitidos.

Explicación

El artículo 9.2.e) incluye en el Pleno «dos personas expertas en materia de violencia de género designadas por la Presidencia del Observatorio Andaluz de la Violencia de Género». Son vocalías de pleno derecho, a diferencia de las personas expertas que la Presidencia puede convocar puntualmente con voz pero sin voto (artículo 7.2).

Referencia: Decreto 298/2010, de 25 de mayo, art. 9.

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