Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: MediaTemario
En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otras causas justificadas de quien ejerce la secretaría del Observatorio, el artículo 8.3 del Decreto 298/2010 prevé su sustitución por:
- Otra persona con la misma cualificación y requisitos, nombrada por la Presidencia por el tiempo que dure la situación.Respuesta correcta
- BLa vocalía de menor edad del Pleno, que actuará con voz y voto mientras dure la situación de sustitución.
- CLa persona que designe la Vicepresidencia entre el personal del órgano directivo, sin requisitos de nivel.
- DUna persona funcionaria del Instituto Andaluz de la Mujer, designada por su Dirección para cada sesión.
Explicación
El segundo párrafo del artículo 8.3 prevé que la secretaría pueda «ser sustituida por otra con la misma cualificación y requisitos de su titular, nombrada, asimismo, por la persona titular de la Presidencia del Observatorio, por el tiempo que se produzca la situación que da origen a la sustitución». Las sustituciones de Vicepresidencia y vocalías se remiten, en cambio, al Reglamento interno (artículo 9.4).
Referencia: Decreto 298/2010, de 25 de mayo, art. 8.
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear mi cuentaMás preguntas de este tema
- ¿Qué cargos y miembros integran el Pleno conforme al artículo 7.1 del Decreto 298/2010?
- ¿Qué precepto cita el artículo 7.1 del Decreto 298/2010 para exigir la representación equilibrada de mujeres y hombres en el Pleno del Observatorio?
- Conforme al artículo 7.2 del Decreto 298/2010, ¿quién convoca a las personas expertas que pueden asistir a las sesiones del Pleno y en qué condición asisten?
- ¿Quién ejerce la Presidencia del Observatorio Andaluz de la Violencia de Género según el artículo 8.1 del Decreto 298/2010?
- Según el artículo 8.2 del Decreto 298/2010, la persona titular del órgano directivo con competencias en violencia de género:
- ¿Qué requisitos debe reunir la persona que ejerce la secretaría del Observatorio, según el artículo 8.3 del Decreto 298/2010?
- Según el artículo 9.1 del Decreto 298/2010, las personas que ostenten las vocalías del Observatorio deben contar con experiencia en:
- ¿Cuál de las siguientes Consejerías NO figura entre las que tienen vocalía en el Pleno del Observatorio según el artículo 9.2.a) del Decreto 298/2010?