¿Qué derecho a la prestación económica por incapacidad temporal tiene el trabajador durante una huelga o un cierre patronal, según el artículo 173.3 de la LGSS?

  1. Ninguno.Respuesta correcta
  2. BLa percibe reducida al cincuenta por ciento.
  3. CLa percibe a cargo del empresario.
  4. DLa percibe íntegra de la entidad gestora.

Explicación

El artículo 173.3 dispone que «durante las situaciones de huelga y cierre patronal el trabajador no tendrá derecho a la prestación económica por incapacidad temporal».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 173.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo V - Incapacidad temporal». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 173 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 17 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Ninguno.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 173 - Nacimiento y duración del derecho al subsidio
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 17 de 20
Última revisión

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