¿Desde cuándo se considera situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la gestación de la mujer trabajadora (artículo 169.1.a) de la LGSS)?

  1. ADesde el día primero de la semana trigésima séptima.
  2. BDesde el día primero de la semana trigésima sexta.
  3. Desde el día primero de la semana trigésima novena.Respuesta correcta
  4. DDesde el día primero de la semana cuadragésima.

Explicación

El párrafo tercero del artículo 169.1.a) considera situación especial de IT por contingencias comunes «la de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana trigésima novena».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 169.1.a.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo V - Incapacidad temporal». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 169 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 4 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Desde el día primero de la semana trigésima novena.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 169 - Concepto
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 4 de 20
Última revisión

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