Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

¿Qué carácter tiene la información que un funcionario aporte mediante su testimonio personal en el curso de una investigación del Defensor del Pueblo Andaluz, según el artículo 20.4 de la Ley 9/1983?

  1. ACarácter público, debiendo constar nominalmente en el Informe anual.
  2. BCarácter de declaración jurada con plenos efectos probatorios ante los Tribunales.
  3. Carácter reservado, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.Respuesta correcta
  4. DCarácter confidencial únicamente frente al superior jerárquico del funcionario.

Explicación

El artículo 20.4 dispone que la información que pueda aportar un funcionario a través de su testimonio personal «tendrá el carácter de reservado, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal sobre la denuncia de hechos que pudiesen revestir carácter delictivo». No es pública, la Ley no le atribuye valor de declaración jurada, y la reserva no se limita al superior jerárquico, pues la investigación se desarrolla con absoluta reserva frente a particulares y organismos sin relación con lo investigado (art. 20.5).

Referencia: Ley 9/1983, de 1 de diciembre, art. 20.4

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