Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: BásicaTemario
Iniciado un procedimiento de revisión de oficio de los artículos 106 o 107, el artículo 108 de la Ley 39/2015 permite suspender la ejecución del acto cuando:
- AEl interesado preste caución por el importe de la deuda.
- BHaya transcurrido un mes sin resolverse sobre la suspensión.
- Ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación.Respuesta correcta
- DEl acto sea favorable y se haya iniciado de oficio el procedimiento.
Explicación
El artículo 108 faculta al órgano competente para declarar la nulidad o lesividad a suspender la ejecución «cuando ésta pudiera causar perjuicios de imposible o difícil reparación». La suspensión presunta por transcurso de un mes y la exigencia de caución se regulan para los recursos administrativos en el artículo 117, no aquí.
Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 108.
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