Si no hay órgano de representación unitaria, ¿quién emite el informe previo sobre la permuta según el artículo 24.1.d)?
- ALa Delegación Territorial.
- La Comisión del Convenio.Respuesta correcta
- CEl Comité Intercentros.
- DLa Subcomisión de Salud Laboral.
Explicación
El artículo 24.1.d) (Acuerdo de 22/05/2017, publicado por Resolución de 14/07/2017, BOJA núm. 142, de 26 de julio de 2017) prevé el informe previo de los órganos de representación unitaria «o, en su defecto, por la Comisión del Convenio».
Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 24.1.d.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VII - Movilidad». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 24.1.d. Es la pregunta 33 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción B: «La Comisión del Convenio.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Función Pública
- Artículo o apartado
- Artículo 24 - Permutas
- Normativa
- VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 33 de 40
- Última revisión
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