¿Qué servicio continuado previo exige el artículo 24.1.b) para la permuta?

  1. ADos años como personal fijo o fijo discontinuo.
  2. BTres años como personal fijo o fijo discontinuo.
  3. CSeis meses como personal fijo o fijo discontinuo.
  4. Un año como personal fijo o fijo discontinuo.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 24.1.b) (Acuerdo de 22/05/2017, publicado por Resolución de 14/07/2017, BOJA núm. 142, de 26 de julio de 2017) exige la «prestación mínima de un año de servicio continuado como personal laboral fijo o fijo discontinuo en el ámbito de este Convenio Colectivo».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 24.1.b.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VII - Movilidad». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 24.1.b. Es la pregunta 32 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Un año como personal fijo o fijo discontinuo.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 24 - Permutas
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 32 de 40
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