La realización de funciones de un Grupo superior, según el artículo 21.2:

  1. AConsolida la categoría superior tras seis meses de desempeño.
  2. BConsolida el salario superior pero no la categoría profesional.
  3. No consolida salario ni categoría, pero puede alegarse como mérito en promoción.Respuesta correcta
  4. DNo da derecho a percibir la diferencia salarial correspondiente.

Explicación

El artículo 21.2 señala que estas funciones «no consolidará el salario ni la categoría profesional superior», sin perjuicio de la diferencia salarial, y que «podrán alegarse como mérito a efectos de los procedimientos de promoción».

Referencia: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 21.2.

¿Crees que la respuesta correcta es otra?

Propón una alternativa y explica por qué. También puedes enviar propuestas sobre las respuestas incorrectas, por ejemplo si crees que alguna de las otras opciones también es válida o que está mal planteada. Nuestro equipo las revisará antes de publicarlas.

¿Te ha sido útil?

Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Función Pública», dentro del tema «Capítulo VII - Movilidad». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Su referencia normativa es: VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía, art. 21.2. Es la pregunta 5 de 40 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «No consolida salario ni categoría, pero puede alegarse como mérito en promoción.».

Materia
Función Pública
Artículo o apartado
Artículo 21 - Movilidad funcional
Normativa
VI Convenio colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 5 de 40
Última revisión

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas sobre el artículo 21

Más preguntas de este tema