Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Si un ayuntamiento solicita dictamen sobre una reclamación de responsabilidad patrimonial, ¿qué cuantía debe superar la reclamación para que el Consejo Consultivo sea competente?

  1. 50.000 euros.Respuesta correcta
  2. B70.000 euros.
  3. C30.000 euros.
  4. D15.000 euros.

Explicación

El artículo 17.14 dispone que, en reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente a administraciones no pertenecientes a la Administración autonómica, el Consejo es competente «cuando la cuantía de la reclamación sea superior a 50.000 euros». Los 70.000 euros son el umbral para la Administración de la Junta (art. 17.10.a) y los 30.000 el de la responsabilidad contractual (art. 17.10.d).

Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 17.

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