Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
¿Qué actuaciones ante el Tribunal Constitucional requieren dictamen preceptivo del Consejo Consultivo según el artículo 17.4?
- ALos recursos de amparo en los que sea parte la Junta de Andalucía.
- BLas cuestiones de inconstitucionalidad planteadas por los órganos judiciales.
- CLas alegaciones de la Junta en los recursos que interponga el Estado.
- Los recursos de inconstitucionalidad y los conflictos de competencia.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 17.4 se refiere a los «recursos de inconstitucionalidad y conflictos de competencia ante el Tribunal Constitucional», que cuentan con plazo de veinte días (art. 28.1) y con la regla de solicitud previa del artículo 29. Los recursos de amparo, las cuestiones de inconstitucionalidad promovidas por jueces y las alegaciones en procesos iniciados por el Estado no figuran en el precepto.
Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 17.
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