Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: AvanzadaTemario
Las transacciones sobre derechos de la Hacienda Pública de las entidades locales, y su sometimiento a arbitraje, requieren dictamen cuando superen:
- AEl diez por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto.
- El cinco por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto.Respuesta correcta
- CLos 300.000 euros de cuantía litigiosa, como en la Junta.
- DEl cinco por ciento del total de la deuda viva de la entidad.
Explicación
El artículo 17.13 exige dictamen cuando estas transacciones o arbitrajes «superen el cinco por ciento de los recursos ordinarios de su presupuesto». El umbral fijo de 300.000 euros rige para la Administración autonómica (art. 17.8), y la referencia no es el diez por ciento ni la deuda viva.
Referencia: Ley 2/2024, de 19 de julio, del Consejo Consultivo de Andalucía, art. 17.
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