Si por causa no imputable a la Administración no se dedujeron los beneficios en la cotización, ¿en qué plazo puede solicitarse su reintegro, contado desde la presentación de la liquidación?

  1. Tres meses.Respuesta correcta
  2. BUn mes.
  3. CSeis meses.
  4. DCuatro años.

Explicación

El artículo 20.4 permite solicitar el reintegro «dentro del plazo de tres meses, a contar desde la fecha de presentación de la liquidación»; si no se solicita, el derecho se extingue.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 20.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo III - Afiliación, cotización y recaudación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 20 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 18 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción A: «Tres meses.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 20 - Adquisición, mantenimiento, pérdida y reintegro de beneficios en la cotización
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 18 de 32
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