Cuando la obligación de cotizar corresponde al empresario, el artículo 18.4 de la LGSS permite dirigir el procedimiento recaudatorio:

  1. AContra el administrador que firmó los contratos de trabajo.
  2. BContra el último empresario inscrito en los registros públicos.
  3. CContra la empresa usuaria, solo si es de trabajo temporal.
  4. Contra quien efectivamente reciba la prestación de servicios.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 18.4 permite dirigirlo «contra quien efectivamente reciba la prestación de servicios de los trabajadores que emplee, aunque formalmente no figure como empresario».

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 18.4.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo III - Afiliación, cotización y recaudación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 18 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 7 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Contra quien efectivamente reciba la prestación de servicios.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 18 - Obligatoriedad
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 7 de 32
Última revisión

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