¿De qué formas puede practicarse la afiliación según el artículo 16.1 de la LGSS?

  1. ASolo a petición del empresario obligado a solicitarla.
  2. BA instancia del interesado o de la mutua colaboradora.
  3. A petición de los obligados, a instancia del interesado o de oficio.Respuesta correcta
  4. DDe oficio por la Inspección o a petición del sindicato.

Explicación

El artículo 16.1 dispone que la afiliación podrá practicarse a petición de las personas y entidades obligadas, a instancia de los interesados o de oficio por la Administración de la Seguridad Social.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 16.1.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título I - Normas generales del sistema de la Seguridad Social / Capítulo III - Afiliación, cotización y recaudación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 16 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 2 de 32 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «A petición de los obligados, a instancia del interesado o de oficio.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 16 - Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 2 de 32
Última revisión

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