Si la inspección médica del servicio público de salud discrepa del alta emitida por el INSS, ¿en qué plazo máximo puede proponerle su reconsideración (artículo 170.3 de la LGSS)?

  1. ACuatro días naturales.
  2. BOnce días naturales.
  3. Siete días naturales.Respuesta correcta
  4. DQuince días naturales.

Explicación

Según el artículo 170.3, la inspección médica del servicio público de salud podrá proponer la reconsideración «en el plazo máximo de siete días naturales», especificando las razones de su discrepancia.

Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 170.3.

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Sobre esta pregunta

Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo V - Incapacidad temporal». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 170 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 11 de 20 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción C: «Siete días naturales.».

Materia
Seguridad Social
Artículo o apartado
Artículo 170 - Competencias sobre los procesos de incapacidad temporal
Dificultad
Básica
Origen
Temario
Posición en el tema
Pregunta 11 de 20
Última revisión

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