Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario
Según el artículo 9.1 de la Ley 12/2007, todas las publicaciones y emisiones en las que la Junta de Andalucía participe garantizarán:
- ALa presencia de un número igual de mujeres y de hombres.
- BLa revisión previa de su contenido por la unidad de igualdad.
- CLa utilización exclusiva del femenino y masculino desdoblados.
- Un tratamiento inclusivo y no discriminatorio de las mujeres.Respuesta correcta
Explicación
El último inciso del artículo 9.1 dispone que «todas las publicaciones y emisiones en las que la Junta de Andalucía participe garantizarán un tratamiento inclusivo y no discriminatorio de las mujeres». La ley no impone una presencia numérica idéntica, una fórmula lingüística concreta ni una revisión previa por la unidad de igualdad, cuyas funciones se definen en el artículo 60.
Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 9.1.
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- De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 12/2007, la perspectiva de la igualdad de género debe estar presente en las disposiciones normativas y en las políticas de todos los ámbitos en las fases de:
- ¿Con qué finalidad incorporarán los poderes públicos de Andalucía la evaluación del impacto de género en el desarrollo de sus competencias, según el artículo 6.1 de la Ley 12/2007?
- Conforme al artículo 6.2 de la Ley 12/2007, en su redacción vigente, el informe de evaluación del impacto de género de los proyectos de ley, de decretos legislativos y de disposiciones reglamentarias:
- Según el artículo 6.3 de la Ley 12/2007, el informe de evaluación de impacto de género irá acompañado de:
- ¿Con qué periodicidad formula y aprueba el Consejo de Gobierno el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía, según el artículo 7.1 de la Ley 12/2007?
- El Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía se aprueba, conforme al artículo 7.1 de la Ley 12/2007:
- Según el artículo 7.1 de la Ley 12/2007, el Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres incorporará entre sus líneas directrices:
- Los planes de igualdad que cada Consejería elabora en desarrollo del Plan Estratégico, conforme al artículo 7.2 de la Ley 12/2007: