Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 6.3 de la Ley 12/2007, el informe de evaluación de impacto de género irá acompañado de:

  1. Indicadores pertinentes en género y mecanismos y medidas dirigidas a paliar y neutralizar los posibles impactos negativos detectados.Respuesta correcta
  2. BUn dictamen del Consejo Audiovisual de Andalucía sobre el tratamiento de la imagen de las mujeres en el texto proyectado.
  3. CLa memoria económica del proyecto y el informe de la Consejería competente en materia de presupuestos sobre su coste.
  4. DLas alegaciones presentadas por las asociaciones de mujeres durante el trámite de audiencia e información pública.

Explicación

El artículo 6.3 exige que el informe vaya «acompañado de indicadores pertinentes en género, mecanismos y medidas dirigidas a paliar y neutralizar los posibles impactos negativos que se detecten sobre las mujeres y los hombres», así como a reducir o eliminar las diferencias encontradas. La intervención de la Consejería de presupuestos se prevé en el artículo 8 para el proyecto de Ley del Presupuesto y el Consejo Audiovisual actúa en materia de medios de comunicación (artículos 57.3 y 66.2).

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 6.3.

Practica esta y miles de preguntas

Crea tu cuenta para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.

Crear mi cuenta

Más preguntas de este tema