AdministraciónDificultad: MediaTemario

Según el artículo 52 bis.3 de la Ley 9/2007, la transformación se llevará a cabo:

  1. APor ley, con alteración de la personalidad jurídica de la entidad transformada y sin sucesión universal de derechos.
  2. BPor orden conjunta de las Consejerías de Hacienda y de Administración Pública, sin decreto del Consejo de Gobierno ni informe de Regeneración.
  3. Por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública, Regeneración y Hacienda.Respuesta correcta
  4. DPor resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía, previo informe de la Consejería de Hacienda.

Explicación

El artículo 52 bis.3 dispone que la transformación se lleva a cabo por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública, Regeneración y Hacienda. No exige ley en todos los casos ni altera por sí la personalidad (se conserva, apartado 2); no basta una orden conjunta ni una resolución de la Intervención General.

Referencia: Artículo 52 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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