AdministraciónDificultad: MediaTemario
Según el artículo 52 bis.3 de la Ley 9/2007, la transformación se llevará a cabo:
- APor ley, con alteración de la personalidad jurídica de la entidad transformada y sin sucesión universal de derechos.
- BPor orden conjunta de las Consejerías de Hacienda y de Administración Pública, sin decreto del Consejo de Gobierno ni informe de Regeneración.
- Por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública, Regeneración y Hacienda.Respuesta correcta
- DPor resolución de la Intervención General de la Junta de Andalucía, previo informe de la Consejería de Hacienda.
Explicación
El artículo 52 bis.3 dispone que la transformación se lleva a cabo por decreto del Consejo de Gobierno, previo informe de las Consejerías competentes en materia de Administración Pública, Regeneración y Hacienda. No exige ley en todos los casos ni altera por sí la personalidad (se conserva, apartado 2); no basta una orden conjunta ni una resolución de la Intervención General.
Referencia: Artículo 52 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Practica esta y miles de preguntas
Crea tu cuenta gratis para responder tests cronometrados, corregir al instante y seguir tu progreso por tema.
Crear cuenta gratisMás preguntas de este tema
- Según el artículo 50.1 de la Ley 9/2007, tienen la consideración de entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía las entidades dotadas de personalidad jurídica propia que, creadas, participadas mayoritariamente o controladas efectivamente por la Administración o sus entes públicos, tengan por objeto actividades cuyas características justifiquen su organización en régimen de:
- De acuerdo con el artículo 50.2 de la Ley 9/2007, cuando se creen entidades instrumentales que supongan duplicación de la organización administrativa o de otras entidades ya existentes:
- Conforme al artículo 50.3 de la Ley 9/2007, el control económico-financiero del sector público andaluz, así como la emisión de informes y, en su caso, las autorizaciones en relación con la creación, alteración y supresión de entidades instrumentales, corresponden a:
- Según el artículo 51 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales se ajustarán al principio de instrumentalidad, con arreglo al cual:
- De acuerdo con el artículo 52.1 de la Ley 9/2007, las entidades instrumentales de la Administración de la Junta de Andalucía se clasifican en:
- Conforme al artículo 52.2 de la Ley 9/2007, las agencias tienen:
- Según el artículo 52.3 de la Ley 9/2007, las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz:
- De acuerdo con el artículo 52.4 de la Ley 9/2007, para cualquier fórmula de participación no reglada en entidades por parte de las Consejerías o entidades instrumentales, distinta de las previstas en la legislación sectorial o en esta Ley, se requerirá: