AdministraciónDificultad: BásicaTemario
Conforme al artículo 52.2 de la Ley 9/2007, las agencias tienen:
- APersonalidad jurídica privada y no pueden ejercer potestades administrativas en ningún caso conforme a esta Ley.
- BPersonalidad jurídica única compartida con la Consejería de adscripción de la que dependen orgánica y funcionalmente.
- Personalidad jurídica pública y la consideración de Administración institucional dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
- DNaturaleza de entidades instrumentales privadas del sector público andaluz, sin personalidad jurídica pública.
Explicación
El artículo 52.2 atribuye a las agencias personalidad jurídica pública y la consideración de Administración institucional dependiente. La personalidad privada y la prohibición de facultades de autoridad corresponden a sociedades mercantiles y fundaciones (artículo 52.3), no a las agencias.
Referencia: Artículo 52 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
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