AdministraciónDificultad: BásicaTemario

Conforme al artículo 52.2 de la Ley 9/2007, las agencias tienen:

  1. APersonalidad jurídica privada y no pueden ejercer potestades administrativas en ningún caso conforme a esta Ley.
  2. BPersonalidad jurídica única compartida con la Consejería de adscripción de la que dependen orgánica y funcionalmente.
  3. Personalidad jurídica pública y la consideración de Administración institucional dependiente de la Administración de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
  4. DNaturaleza de entidades instrumentales privadas del sector público andaluz, sin personalidad jurídica pública.

Explicación

El artículo 52.2 atribuye a las agencias personalidad jurídica pública y la consideración de Administración institucional dependiente. La personalidad privada y la prohibición de facultades de autoridad corresponden a sociedades mercantiles y fundaciones (artículo 52.3), no a las agencias.

Referencia: Artículo 52 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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