Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 50 bis.8 de la Ley 12/2007, los poderes públicos de Andalucía velarán por la no discriminación y acoso de las mujeres deportistas:

  1. ADurante la tramitación de su licencia federativa.
  2. BDurante los desplazamientos a competiciones oficiales.
  3. CDurante su etapa de formación en categorías inferiores.
  4. Durante el embarazo o permiso por maternidad.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 50 bis.8 dispone que «los poderes públicos de Andalucía velarán por la no discriminación y acoso de las mujeres deportistas durante el embarazo o permiso por maternidad». Las demás situaciones no figuran en el precepto.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 50 bis.8.

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