Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 50 bis.5 de la Ley 12/2007, la Administración de la Junta de Andalucía y las federaciones, asociaciones y entidades deportivas elaborarán protocolos de prevención y actuación ante:

  1. ALas lesiones deportivas de las deportistas durante el embarazo y la lactancia.
  2. BLos casos de dopaje en las competiciones de deporte femenino autonómicas.
  3. Las actitudes machistas en la práctica deportiva y en el deporte en general.Respuesta correcta
  4. DLa discriminación salarial de las deportistas profesionales en los clubes.

Explicación

El artículo 50 bis.5 obliga a velar por la igualdad en pruebas y premios deportivos y a elaborar «protocolos de prevención y actuación ante las actitudes machistas en la práctica deportiva y en el deporte en general». Los demás supuestos no figuran en el precepto; la no discriminación de deportistas embarazadas aparece en el apartado 8 como deber de velar, no como protocolo.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 50 bis.5.

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