Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 50 bis.3 de la Ley 12/2007, la Administración de la Junta de Andalucía favorecerá la efectiva apertura de las disciplinas deportivas a las mujeres mediante programas específicos:

  1. AEn la etapa escolar y universitaria, con preferencia para las modalidades olímpicas.
  2. En todas las etapas de la vida y en todos los niveles, incluidos los de responsabilidad y decisión.Respuesta correcta
  3. CEn el deporte de alto rendimiento, con becas para las deportistas de nivel internacional.
  4. DEn los municipios rurales, con prioridad para los deportes tradicionales de Andalucía.

Explicación

El artículo 50 bis.3 prevé favorecer la apertura de las disciplinas deportivas a las mujeres «mediante el desarrollo de programas específicos en todas las etapas de la vida y en todos los niveles, incluidos los de responsabilidad y decisión». No restringe esos programas a una etapa, nivel o territorio.

Referencia: Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, art. 50 bis.3.

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