Normativa sobre Igualdad y Violencia de GéneroDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 18.1 del Decreto 465/2019, el Pleno de la Comisión Institucional se reúne con carácter ordinario:

  1. Anualmente, y con carácter extraordinario a iniciativa de la presidencia o a solicitud de un tercio de sus integrantes.Respuesta correcta
  2. BDos veces al año, y con carácter extraordinario a solicitud de la mitad de sus integrantes o de la Comisión Permanente.
  3. CCada seis meses, y con carácter extraordinario a iniciativa de la vicepresidencia primera o de un tercio de las vocalías.
  4. DTrimestralmente, y con carácter extraordinario cuando lo solicite la mayoría absoluta de sus integrantes.

Explicación

El artículo 18.1 dispone que el Pleno «se reunirá con carácter ordinario anualmente y con carácter extraordinario cuando lo convoque la presidencia por propia iniciativa o a solicitud de un tercio de las personas que lo integran». Las dos reuniones anuales mínimas corresponden a la Comisión Permanente (artículo 16.2).

Referencia: Decreto 465/2019, de 14 de mayo, art. 18.

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