Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Quién expide las certificaciones oficiales de las actas, acuerdos, dictámenes, informes y votos particulares del Consejo, según el artículo 16.3 de la Ley 5/1997?

  1. AEl Presidente, con el visto bueno del Secretario general.
  2. BEl Vicepresidente primero, por delegación del Pleno.
  3. CLa Comisión Permanente, a propuesta del Secretario general.
  4. El Secretario general, con el visto bueno del Presidente.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 16.3.e) encomienda al Secretario general «expedir las certificaciones oficiales de los contenidos de las actas, acuerdos, dictámenes, informes, votos particulares y otros documentos confiados a su custodia, con el visto bueno del Presidente». Es el Presidente quien otorga el visto bueno, no quien certifica, y la Ley no atribuye esta función a los Vicepresidentes ni a la Comisión Permanente.

Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 16.3.e

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