Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

Según el artículo 10.1 de la Ley 5/1997, los miembros del Consejo designados por las organizaciones y entidades correspondientes son nombrados por:

  1. AEl Consejo de Gobierno mediante Decreto.
  2. El Presidente de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
  3. CEl Consejero de Trabajo e Industria.
  4. DEl Presidente del Consejo Económico y Social.

Explicación

El artículo 10.1 dispone que los miembros designados «serán nombrados por el Presidente de la Junta de Andalucía», a propuesta del Consejero de Trabajo e Industria salvo en el caso de los expertos. El Decreto del Consejo de Gobierno es la forma de nombramiento del Presidente del Consejo (art. 10.2), el Consejero de Trabajo e Industria se limita a formular la propuesta y el Presidente del Consejo no interviene en estos nombramientos.

Referencia: Ley 5/1997, de 26 de noviembre, art. 10.1

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