Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Qué sanción prevé el artículo 46.3 de la Ley 2/2021 para quien cometa una infracción leve?

  1. AMulta de 3.001 a 30.000 euros.
  2. BMulta de 1.651 a 3.000 euros, sin posibilidad de apercibimiento.
  3. Apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros.Respuesta correcta
  4. DApercibimiento o multa de 100 a 1.000 euros.

Explicación

El artículo 46.3 dispone que a las infracciones leves «se impondrá la sanción de apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros», distinguiendo un primer tramo de 300 a 1.650 euros y un segundo de 1.651 a 3.000 euros. La cuantía de 1.651 a 3.000 euros corresponde al segundo tramo y no excluye el apercibimiento, y la de 3.001 a 30.000 euros es propia de las infracciones graves.

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 46

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