Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario
¿Qué sanción prevé el artículo 46.3 de la Ley 2/2021 para quien cometa una infracción leve?
- AMulta de 3.001 a 30.000 euros.
- BMulta de 1.651 a 3.000 euros, sin posibilidad de apercibimiento.
- Apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros.Respuesta correcta
- DApercibimiento o multa de 100 a 1.000 euros.
Explicación
El artículo 46.3 dispone que a las infracciones leves «se impondrá la sanción de apercibimiento o multa de 300 a 3.000 euros», distinguiendo un primer tramo de 300 a 1.650 euros y un segundo de 1.651 a 3.000 euros. La cuantía de 1.651 a 3.000 euros corresponde al segundo tramo y no excluye el apercibimiento, y la de 3.001 a 30.000 euros es propia de las infracciones graves.
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 46
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