¿Qué plazo máximo de terminación y entrega fija el artículo 94.e) para la adquisición de inmuebles en construcción, salvo autorización justificada?
- AUn año.
- BTres años.
- Dos años.Respuesta correcta
- DCuatro años.
Explicación
El artículo 94.e) dispone que el plazo previsto para su terminación y entrega a la Administración adquirente «no podrá exceder de dos años, salvo autorización justificada de la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio».
Referencia: Ley 7/2025, de 22 de diciembre, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 94.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía», dentro del tema «Título IV - Negocios jurídicos patrimoniales / Capítulo II - Negocios jurídicos de adquisición». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 94 de Ley 7/2025. Es la pregunta 18 de 42 que tenemos sobre este tema y su dificultad es media. La respuesta correcta es la opción C: «Dos años.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía
- Artículo o apartado
- Artículo 94 - Adquisición de edificios en construcción
- Dificultad
- Media
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 18 de 42
- Última revisión
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