¿Qué consecuencia tiene, según el artículo 143 de la LGSS, el pacto por el que el trabajador asume el pago total o parcial de la cuota a cargo del empresario?
- AEs válido si figura en convenio colectivo.
- BEs válido si el trabajador lo acepta por escrito.
- CEs anulable a instancia de la Tesorería.
- Es nulo.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 143 declara nulo todo pacto, individual o colectivo, por el que el trabajador asuma la obligación de pagar total o parcialmente la prima o parte de cuota a cargo del empresario, así como el que pretenda alterar las bases.
Referencia: Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, art. 143.
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Sobre esta pregunta
Esta pregunta de test pertenece a la materia «Seguridad Social», dentro del tema «Título II - Régimen General de la Seguridad Social / Capítulo II - Inscripción de empresas y normas sobre afiliación, cotización y recaudación». Forma parte de los tests de la oposición Junta de Andalucía. Se basa en el artículo 143 de Real Decreto Legislativo 8/2015. Es la pregunta 8 de 13 que tenemos sobre este tema y su dificultad es básica. La respuesta correcta es la opción D: «Es nulo.».
- Oposición
- Junta de Andalucía
- Materia
- Seguridad Social
- Artículo o apartado
- Artículo 143 - Nulidad de pactos
- Dificultad
- Básica
- Origen
- Temario
- Posición en el tema
- Pregunta 8 de 13
- Última revisión
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