Ley de Procedimiento Administrativo ComúnDificultad: MediaTemario

Los registros de apoderamientos permitirán comprobar válidamente la representación, según el artículo 6.2, mediante consulta a otros registros administrativos similares y a:

  1. El registro mercantil, el de la propiedad y los protocolos notariales.Respuesta correcta
  2. BEl Registro Electrónico General y las oficinas de asistencia en materia de registros.
  3. CEl registro de funcionarios habilitados y el archivo electrónico único.
  4. DLas plataformas de intermediación de datos y las sedes electrónicas.

Explicación

El artículo 6.2 prevé la comprobación de la representación «mediante la consulta a otros registros administrativos similares, al registro mercantil, de la propiedad, y a los protocolos notariales», que deberán ser interoperables con los registros de apoderamientos. El Registro Electrónico General, el registro de funcionarios habilitados, el archivo electrónico y las plataformas de intermediación aparecen en otros preceptos con finalidades distintas.

Referencia: Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, artículo 6.2.

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