Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

En los supuestos de vacante distintos de la expiración del mandato, ¿quién desempeña interinamente las funciones del Defensor del Pueblo Andaluz según el artículo 5.4 de la Ley 9/1983?

  1. ALos Adjuntos, por su orden, comenzando por quien ostente la condición de Adjunto primero.
  2. BEl Adjunto que designe el Presidente del Parlamento, oída la Mesa de la Cámara.
  3. El Adjunto que determine la Comisión de Gobierno Interior y Derechos Humanos.Respuesta correcta
  4. DEl Adjunto de mayor antigüedad en el cargo, hasta la toma de posesión del nuevo titular.

Explicación

El artículo 5.4 dispone que, en los demás supuestos de vacante y mientras el Parlamento no proceda a una nueva designación, desempeñará las funciones interinamente el Adjunto «que determine la Comisión de Gobierno Interior y Derechos Humanos». La sustitución por los Adjuntos según su orden correspondía a la redacción original, modificada por la Ley 3/1996; la Ley no atribuye esta designación al Presidente del Parlamento ni utiliza el criterio de antigüedad.

Referencia: Ley 9/1983, de 1 de diciembre, art. 5.4

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