Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Una vez declarado vacante el cargo de Defensor del Pueblo Andaluz, ¿en qué plazo debe iniciarse el procedimiento para nombrar uno nuevo, según el artículo 5.2 de la Ley 9/1983?

  1. AEn plazo no inferior a quince días.
  2. BEn el plazo de tres meses.
  3. En plazo no superior a un mes.Respuesta correcta
  4. DEn el plazo de diez días.

Explicación

El artículo 5.2, en la redacción dada por la Ley 3/2001, dispone que, «una vez declarado vacante el cargo, se iniciará el procedimiento para nombrar nuevo Defensor del Pueblo Andaluz, en plazo no superior a un mes». El término no inferior a quince días se refiere a la convocatoria del Pleno tras la propuesta de candidatos (art. 2.4), y los diez días al cese en situaciones de incompatibilidad (art. 7.2); la Ley no prevé un plazo de tres meses.

Referencia: Ley 9/1983, de 1 de diciembre, art. 5.2

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