AdministraciónDificultad: MediaTemario

De los encargos de emergencia adoptados, el artículo 53 bis.14.b) de la Ley 9/2007 exige dar cuenta al Consejo de Gobierno por la persona titular de la Consejería correspondiente en el plazo máximo de:

  1. Dos meses desde que se dictó el acuerdo.Respuesta correcta
  2. BQuince días desde la comunicación al medio propio.
  3. CSeis meses desde la finalización de las actuaciones.
  4. DUn mes desde la retención de crédito correspondiente.

Explicación

La letra b) fija el plazo máximo de dos meses desde que se dictó el acuerdo, acreditando crédito adecuado y suficiente. No son quince días desde la comunicación, ni seis meses desde el fin de las actuaciones, ni un mes desde la retención de crédito.

Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, art. 53 bis

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