AdministraciónDificultad: BásicaTemario
El acuerdo del Consejo de Gobierno que autoriza la creación de una sociedad mercantil del sector público andaluz, conforme al artículo 76.2 de la Ley 9/2007, constituye un acto administrativo que debe publicarse en:
- AEl Boletín Oficial del Estado, con carácter exclusivo.
- El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.Respuesta correcta
- CEl tablón edictal único de la Administración General del Estado.
- DLa página web de la sociedad, sin necesidad de publicación oficial.
Explicación
El artículo 76.2 exige publicación en el BOJA. No sustituye ese trámite por el BOE en exclusiva, por el tablón edictal estatal ni por la mera publicación en la web de la sociedad.
Referencia: Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, art. 76
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- La creación de sociedades mercantiles del sector público andaluz, según el artículo 76.1 de la Ley 9/2007, corresponde autorizarla a:
- Entre el contenido mínimo obligatorio del acuerdo de autorización del artículo 76.2 de la Ley 9/2007 figuran la denominación, la forma jurídica de la sociedad y:
- El acuerdo de autorización de creación de sociedades, según el artículo 76.2.e) de la Ley 9/2007, debe especificar la participación de la Administración en el capital social, así como mecanismos para garantizar el mantenimiento de la posición de partícipe mayoritario cuando sea oportuno por:
- Además del contenido mínimo de las letras a) a g), el acuerdo del artículo 76.2 de la Ley 9/2007 debe incorporar y aprobar el proyecto de estatutos y el plan inicial de actuación:
- El pago del importe de los trabajos realizados en un encargo a medio propio, conforme al artículo 53 bis.7 de la Ley 9/2007, se efectúa con la periodicidad de la resolución y conforme a la actuación efectivamente realizada, una vez expedida certificación de conformidad y, además, certificación en la que conste:
- En los encargos a medios propios, el artículo 53 bis.7 de la Ley 9/2007 permite anticipos cuya cuantía no supera los límites del artículo 26.3 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública, debiendo justificarse antes de:
- La determinación del importe del encargo a medio propio personificado, según el artículo 53 bis.5.b) de la Ley 9/2007, se efectúa por referencia a:
- El régimen excepcional del artículo 53 bis.14 de la Ley 9/2007 resulta aplicable cuando los poderes adjudicadores deban actuar de manera inmediata con motivo de la declaración de estados del artículo 116 de la Constitución, o debido a catástrofes, situaciones de grave peligro o: