AdministraciónDificultad: MediaTemario

De acuerdo con el artículo 53 bis.4 de la Ley 9/2007, podrán ordenar encargos a medios propios personificados:

  1. ALas personas titulares de las Delegaciones del Gobierno en cada provincia, en el ámbito de sus competencias territoriales o de su objeto.
  2. BLas entidades locales andaluzas no adscritas a la Junta de Andalucía, en el ámbito de sus competencias propias o de su objeto.
  3. Las Consejerías, sus agencias y demás poderes adjudicadores, así como entes y sociedades que no sean poder adjudicador, en el ámbito de sus competencias o de su objeto.Respuesta correcta
  4. DEl Consejo Consultivo de Andalucía y el Consejo Audiovisual, en el ámbito de sus competencias o de su objeto consultivo.

Explicación

El artículo 53 bis.4 atribuye esa facultad a Consejerías, agencias y demás poderes adjudicadores, así como a entes y sociedades que no sean poder adjudicador, en el ámbito de sus competencias u objeto. No la limita a las Delegaciones del Gobierno, ni al Consejo Consultivo, ni a entidades locales no adscritas.

Referencia: Artículo 53 bis de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

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