Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: MediaTemario

Cuando la queja afecta a la conducta de una persona al servicio de la Administración Autonómica, ¿qué plazo tiene el afectado para responder por escrito según el artículo 20.2 de la Ley 9/1983?

  1. AQuince días desde la recepción, ampliables si concurren circunstancias que lo aconsejen.
  2. El que se le fije, no inferior a diez días y prorrogable por la mitad a instancia de parte.Respuesta correcta
  3. CUn mes desde la notificación, sin que quepa prórroga alguna del plazo.
  4. DEl que se le fije, no superior a diez días y sin posibilidad de prórroga.

Explicación

El artículo 20.2 dispone que el afectado responderá por escrito, con los documentos y testimonios que considere oportunos, «en el plazo que se le haya fijado, que en ningún caso será inferior a diez días, pudiéndose prorrogar, a instancia de parte, por la mitad del concedido». Los diez días son un mínimo, no un máximo, y cabe prórroga; quince días ampliables es el plazo del informe del Jefe de la dependencia (art. 18.1) y un mes el de respuesta a las recomendaciones (art. 29.1).

Referencia: Ley 9/1983, de 1 de diciembre, art. 20.2

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