Ley de Gobierno / Instituciones de AutogobiernoDificultad: BásicaTemario

¿Cuál de los siguientes supuestos constituye, según el artículo 13.2 de la Ley 2/2021, un incumplimiento del deber de colaboración con la Oficina?

  1. ALa presentación de alegaciones frente al acuerdo de inicio del procedimiento de investigación.
  2. BLa solicitud motivada de ampliación del plazo para atender un requerimiento de documentación.
  3. CLa designación de un abogado por la persona citada a una entrevista personal con la Oficina.
  4. La falta de asistencia injustificada a la comparecencia previamente comunicada por la Oficina.Respuesta correcta

Explicación

El artículo 13.2.e) considera incumplimiento del deber de colaboración «la falta de asistencia injustificada a la comparecencia, previamente comunicada por la Oficina», junto a la negativa o el retraso injustificados en el envío de información, la remisión incompleta o inexacta, la obstrucción del acceso a expedientes y el incumplimiento del artículo 14.4. Formular alegaciones es un derecho de los interesados (artículo 22.1.d), pedir motivadamente un plazo mayor está previsto en el artículo 17.b) y la asistencia letrada en las entrevistas se reconoce en el artículo 17.a).

Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 13

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