¿Cuál de los siguientes supuestos constituye, según el artículo 13.2 de la Ley 2/2021, un incumplimiento del deber de colaboración con la Oficina?
- ALa presentación de alegaciones frente al acuerdo de inicio del procedimiento de investigación.
- BLa solicitud motivada de ampliación del plazo para atender un requerimiento de documentación.
- CLa designación de un abogado por la persona citada a una entrevista personal con la Oficina.
- La falta de asistencia injustificada a la comparecencia previamente comunicada por la Oficina.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 13.2.e) considera incumplimiento del deber de colaboración «la falta de asistencia injustificada a la comparecencia, previamente comunicada por la Oficina», junto a la negativa o el retraso injustificados en el envío de información, la remisión incompleta o inexacta, la obstrucción del acceso a expedientes y el incumplimiento del artículo 14.4. Formular alegaciones es un derecho de los interesados (artículo 22.1.d), pedir motivadamente un plazo mayor está previsto en el artículo 17.b) y la asistencia letrada en las entrevistas se reconoce en el artículo 17.a).
Referencia: Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, art. 13
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